El estado de Sinaloa ha avanzado en materia de derechos, legalizando desde 2021 el matrimonio igualitario.

Se ha dado un paso importante en el reconocimiento de los derechos humanos a la comunidad LGBT+.

A partir de la reforma de junio del 2011, en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció el principio pro persona, lo que quiere decir que todas las normas relativas a los derechos humanos se deberán interpretar favoreciendo en todo momento a las personas, lo que sin
lugar a dudas no sucedía en el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo.

En 2015, siguiendo ese principio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio como sentencia que el matrimonio igualitario era un derecho humano, pues no se ajustaban los códigos civiles de los estados, pues eran un acto de verdadera discriminación.

En junio de 2019, la Sexagésima Tercera Legislatura, sometió a votación el matrimonio igualitario pero fue rechazada, los que habían botado a favor se ampararon.

Tres años después, el martes 15 de junio de 2021, el Estado de Sinaloa aprueba el matrimonio igualitario y el concubinato entre personas del mismo sexo.

El matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión
voluntaria y jurídica de dos personas
, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, en la
que ambos se procuran respeto y ayuda mutua.

Artículo 40

El concubinato es la unión de dos personas, quienes, sin impedimentos legales
para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria y permanente durante dos
años continuos o más

Artículo 165

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