
En el estado de Sinaloa esta regularizada ley que protege a las y los ciudadanos ante el acoso y el hostigamiento sexual.
Se impondrá sus debidas sanciones dependiendo de lo ocurrido o la situación de la víctima:
De 1 a 2 años en prisión y de doscientos a cuatrocientos días de multa: Al que solicite favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, valiéndose de su situación de superioridad y de doscientos a cuatrocientos días de multa.
De 1 a 3 años en prisión y de trescientos a seiscientos días multa a quienes:
- Grabe, publique, comparta, almacene, ofrezca de cualquier forma, imágenes, texto, sonidos o la voz, de una persona, sea audiovisual, virtual o por otro medio.
- Quienes, en lugares públicos, instalaciones o vehículos asede a cualquier persona de manera sexual
De 2 a 3 años y de trescientos a seiscientos días multa a quienes soliciten favores sexuales valiéndose de su situación de superioridad y amenace a la víctima.
De 3 a 5 años de prisión y de quinientos a mil días de multa si la victima es menor de edad o no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o resistirlo.
Toda esta información la podrás encontrar en el Código Penal para el Estado de Sinaloa en el articulo 185.